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Salud y educación gratuita contra igualdad y no discriminación

21/12/2016 / Cubalex, Sección de Derechos Humanos

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Los 4 estudiantes hicieron su tarea. Después de un intenso debate, de agregar y quitar palabras eligieron el mejor Tweet. #Cuba, Élite del PCC con el fin de mantener el poder, nos impide participar en la vida económica, a través de la Ley de Inversión Extranjera. El profesor los felicitó.

Continuó su clase relatando la historia de Amer, un hombre emprendedor que tiene una brigada de la construcción. Su equipo brinda servicios de remodelación y restauración de vivienda. Sus clientes están complacidos y tiene mucha demanda.

Él es arquitecto. Su equipo está integrado por plomeros, electricistas y albañiles. Un médico se encarga de la protección e higiene del trabajo de los miembros de su brigada y un ingeniero civil dirige las obras de construcción, después que él elabora los planos. Sus clientes están complacidos y tiene mucha demanda.

Cuando Amer solicitó la licencia para ejercer el trabajo por cuenta propia en esta actividad, omitió su profesión. Los profesionales universitarios no pueden ejercer actividades económicas relacionadas con la especialidad en la que se graduaron en las instituciones de nivel superior.

El contador de su equipo fue trabajador social. La Ley también le impide, al igual que a los técnicos en especialidades de Salud y Educación, ejercer la iniciativa económica privada, mediante el autoempleo. ¿Saben porque el Estado les impuso esas prohibiciones?, preguntó el profesor.

No, contestaron todos. Los servicios de salud y educación son gratuitos y los profesionales tienen asegurado el empleo en el sector estatal, donde tienen la obligación de trabajar. El estado costeó sus estudios y formación profesional total y gratuitamente.

¿Tiene el estado derecho a impedirle a los profesionales, trabajadores sociales y técnicos en especialidades de salud y educación, disfrutar el derecho a ganarse la vida mediante un trabajo libremente escogido o aceptado, porque les garantiza salud y educación gratuita?

No, contestaron todos. El profesor repitió la pregunta del día anterior ¿Crees que se trate de una violación de un derechos humanos? Si, respondieron todos ¿Cuál? volvió a preguntar.  Un silencia de tres segundos y antes de que comenzara el fuego a piedra, el mismo contestó: igualdad y no discriminación.

Ningún estado puede justificar, que viola un derecho, bajo el argumento de que garantiza otros. La obligación de adoptar medidas legislativas para garantizar que los derechos humanos se ejerzan sin discriminación, no exige ni excluye un específico sistema político o económico. Explico el profesor para concluir su clase.

Relean el artículo del Código Penal, que mencione en la tarea de ayer y en un Tweet, expliquen en qué forma el estado obstaculiza el pleno desarrollo del pueblo cubano y si esto puede tipificar el delito del “Crimen del Apartheid”. Nos vemos el próximo miércoles. ¡No falten!

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